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2016 se estrena con una bajada del Impuesto de Sociedades


Daniel Hernández | Madrid

11 de enero de 2016


Año nuevo impuestos nuevos. Como tenía previsto el Gobierno para 2016 se estrenan nuevos tipos del Impuesto de Sociedades y que se resume en que las empresas pagarán menos.

El nuevo tipo general queda en el 25%, tres puntos porcentuales menos que en 2015, año en que ya descendió del 30% al 28%. Pero conviene profundizar en lo que dice la ley para poder realizar cálculos.

El Impuesto de Sociedades para las pequeñas y medianas empresas

Según la ley aquellas empresas con una cifra de negocio de hasta cinco millones de euros y una plantilla no superior a 25 trabajadores y que tributen al tipo general con condiciones tienen un tipo de gravamen del 25%. En este caso no varía respecto al año pasado, con la diferencia de que en este ejercicio se equipara al tipo general. Para aquellas empresas de reducida dimensión, es decir, con una cifra de negocio no superior a los 10 millones de euros, también queda en el 25%. En este caso se reduce desde el 28% de 2015, que se aplicaba a partir de los 300.000 euros. Este gravamen queda fijado así para este tipo de empresas excepto si tributan a tipo diferente del general.

Para entidades de nueva creación excepto que tributen a un tipo inferior, aplicarán para el primer período con base imponible positiva un tipo del 15%.

Cuidado con el calendario

No hay que perder de vista cuáles eran los gravámenes del 2015 porque todavía se pueden seguir aplicando. De esta manera, las empresas de reducida dimensión tributarán al tipo del 25% si comienzan el ejercicio fiscal en 2016. Si este comenzó en 2015 seguirán aplicando la norma de ese año, es decir, la base imponible hasta 300.000 euros tributará al 25% y el resto al 28%.

Se calcula que la reducción del Impuesto de Sociedades supondrá un ahorro aproximado para las empresas de 2.600 millones de euros.

Otros impuestos

La reforma fiscal del Ejecutivo contemplaba un calendario de reducción de impuestos que finalmente se adelantó. En el caso del IRPF parte de lo previsto para 2016 se adelantó al verano de 2015. Así, para Actividades profesionales el cuadro del Impuesto queda inalterado. Con carácter general se aplica un 15%, para determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores de seguros…) queda en el 7% y para profesionales de nuevo inicio, durante el año en que comienzan la actividad y los dos siguientes, aplica el 7%. Continúa suprimido el descuento para quienes tuvieran ingresos por actividades profesionales en el ejercicio anterior por debajo de los 15.000 euros. Está fue una medida que se introdujo en 2015 para aplicar un tipo del 15% a este colectivo mientras que el general estaba en el 19%.

Muchos profesionales y administradores de pymes están pendientes de otros pagos. Es el caso de las cotizaciones a la Seguridad Social, que en 2016, a diferencia de los impuestos, suben, también lo hacen en proporción las bases de cotización. La mínima queda fijada en los 893,1 euros y la cuota en los 267,04. El pago mensual de los autónomos societarios sube hasta los 318 euros.

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